Art. 510 · Código del Trabajo

¿Cuál es el plazo de prescripción de las acciones laborales?

La prescripción laboral es el plazo dentro del cual el trabajador (o el empleador) debe ejercer sus derechos ante los tribunales. Pasado ese plazo sin acción, el derecho se extingue. El artículo 510 del Código del Trabajo establece los plazos principales, que varían según el tipo de acción.

Plazos de prescripción según tipo de acción
Remuneraciones, indemnizaciones y prestaciones: 2 años desde que se hicieron exigibles
Acciones de seguridad social (cotizaciones): 3 años (DL 3.500)
Feriado anual no tomado: 2 años desde el término del contrato
Despido injustificado (acción de tutela / reintegro): 60 días hábiles desde la separación
Despido Art. 168 (recargos): 60 días hábiles desde el despido para reclamar

Los 60 días hábiles del despido son un plazo especialmente breve y crítico. El trabajador que no demanda dentro de ese plazo pierde el derecho a los recargos del Art. 168 y a la nulidad del despido. Muchos trabajadores pierden sus derechos por desconocer este plazo tan corto.

Para el empleador, la prescripción también importa a la inversa: si conserva documentación durante al menos 5 años (contratos, liquidaciones, finiquitos ratificados), puede defenderse en juicio con evidencia. La DT también puede fiscalizar períodos anteriores dentro del plazo de prescripción, por lo que los registros deben mantenerse actualizados y completos.

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