Art. 31 y 506 CT · Art. 510 CT (prescripción)

¿Qué riesgos tiene el empleador si no paga las horas extras?

El no pago de horas extraordinarias es una infracción al Código del Trabajo que expone al empleador a multas administrativas de la Inspección del Trabajo, además de la obligación de pagar las horas adeudadas con los recargos legales correspondientes. La multa puede ir de 1 a 20 UTM dependiendo del tamaño de la empresa y la reincidencia.

Un punto crítico: la ausencia de pacto escrito no libera al empleador. Si un trabajador realizó horas adicionales con conocimiento del empleador — aunque no exista un acuerdo formal — esas horas deben pagarse. La Dirección del Trabajo y los tribunales laborales han sido consistentes en este criterio. El pacto escrito es obligatorio, pero su falta solo agrega una infracción adicional.

Consecuencias del no pago
Multa: 1 a 20 UTM por la Inspección del Trabajo
Deuda: horas adeudadas + recargo del 50% mínimo
Prescripción: el trabajador puede reclamar hasta 2 años después del término del contrato (Art. 510 CT)

Las horas extras no pagadas pueden reclamarse judicialmente en el Juzgado de Letras del Trabajo. El trabajador tiene un plazo de prescripción de 2 años desde el término de la relación laboral para ejercer esta acción, lo que significa que contingencias de períodos anteriores pueden materializarse mucho después del fin del contrato.

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