Cuando un trabajador entrega su licencia médica al empleador, éste tiene la obligación legal de tramitarla dentro de 3 días hábiles. No tramitarla a tiempo puede retrasar el pago del subsidio al trabajador y exponer al empleador a sanciones. El proceso difiere según si el trabajador cotiza en FONASA o en una ISAPRE.
La sección que debe completar el empleador incluye datos clave para el cálculo del subsidio: la renta imponible de los últimos 3 meses, la fecha de inicio del contrato, el tipo de contrato (indefinido, plazo fijo, por obra) y la información previsional. Datos incorrectos pueden resultar en un subsidio mal calculado.
Si el trabajador no entrega la licencia al empleador sino directamente a su entidad de salud (lo que ocurre con frecuencia en licencias electrónicas), el empleador igual debe completar su parte cuando sea requerido por FONASA o la ISAPRE. Para licencias electrónicas FONASA, el empleador recibe una notificación para completar los datos en el portal.
MUERMO registra cada licencia ingresada y tiene disponibles los datos de remuneración imponible por período, facilitando que el encargado complete rápidamente la sección empleador con información precisa y verificada.