Art. 31 y 32 · Código del Trabajo

¿Cómo se calculan las horas extras en Chile?

Las horas extraordinarias se calculan aplicando un recargo mínimo del 50% sobre el valor de la hora ordinaria. Este recargo está establecido en el artículo 31 del Código del Trabajo y no puede pactarse por debajo de ese mínimo. En casos especiales acordados por contrato o convenio colectivo, puede llegar al 100%.

La Dirección del Trabajo establece la siguiente fórmula para determinar el valor hora ordinaria, base del cálculo:

Fórmula oficial DT
Valor hora = (Sueldo ÷ 30 × 28) ÷ horas del mes

HE al 50% = valor hora × N° horas × 1,5
HE al 100% = valor hora × N° horas × 2,0

Con jornada de 42 hrs/sem: horas del mes = 42 × 4 = 168 hrs

Ejemplo: trabajador con sueldo base de $700.000, jornada de 42 horas semanales, realizó 6 horas extras al 50%. Valor hora = (700.000 ÷ 30 × 28) ÷ 168 = $3.889. Monto HE = $3.889 × 6 × 1,5 = $35.000.

Las horas extras deben pactarse por escrito y pagarse en la misma liquidación del período en que se realizaron. La falta de pacto escrito no exime al empleador del pago — solo agrega una infracción adicional ante la Inspección del Trabajo.

MUERMO lo calcula automáticamente

El encargado ingresa el número de horas extraordinarias y MUERMO aplica la fórmula oficial DT, actualizada con la Ley 21.561 de reducción de jornada. El monto queda registrado en la liquidación del período correspondiente.

Ver cómo MUERMO gestiona las horas extras →