El artículo 58 del Código del Trabajo establece que el total de descuentos de una liquidación no puede superar el 45% del sueldo bruto. Dentro de ese techo, los descuentos voluntarios (aquellos que requieren autorización del trabajador) tienen un límite propio: no pueden exceder el 15% del sueldo bruto.
En la práctica, los descuentos legales (AFP ~10,5%, salud 7%, cesantía 0,6%, impuesto variable) suman entre el 18% y el 35% del sueldo bruto según el tramo tributario. Eso deja margen para descuentos voluntarios, pero nunca más del 15%. Si un trabajador tiene un préstamo con el empleador y también paga cuotas de caja de compensación, ambos juntos no pueden superar ese 15%.
Si los descuentos legales más los voluntarios superaran el 45%, el empleador debe reducir o diferir los descuentos voluntarios, no los legales. Los legales son prioritarios. Esta situación ocurre cuando el trabajador tiene impuesto alto más compromisos voluntarios excesivos.
MUERMO verifica automáticamente que el total de descuentos no supere los límites legales al generar cada liquidación, alertando cuando los descuentos voluntarios exceden el 15% o el total supera el 45%.