Art. 14 · Ley de Impuesto a la Renta

¿Cómo tributan los retiros de utilidades de los socios?

Cuando un socio o accionista retira utilidades de una empresa, ese retiro no se grava de forma simple — la ley exige imputarlo, en un orden específico, a distintos registros de utilidades que la empresa debe llevar, cada uno con un tratamiento tributario distinto (algunos ya pagaron impuesto de la empresa y solo falta el impuesto personal del socio, otros están totalmente exentos, etc.).

Este orden de imputación determina, en la práctica, cuánto impuesto adicional debe pagar el socio al recibir el retiro, y si tiene o no derecho a un crédito por el impuesto que la empresa ya pagó sobre esa utilidad.

Llevar correctamente estos registros es exigente en términos de control contable — un error en el orden de imputación puede hacer que un socio pague más (o menos) impuesto del que legalmente corresponde.

Por qué importa el orden
Cada registro de utilidades tiene tratamiento tributario distinto para el socio que retira · El orden de imputación NO es opcional — lo define la ley · Un registro incorrecto cambia el impuesto que paga el socio
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MUERMO Contable automatiza el orden de imputación de retiros según la ley chilena, sin que tengas que llevar cada registro de utilidades en una planilla separada.

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