El tope imponible es el límite máximo de remuneración sobre el cual se calculan las cotizaciones previsionales. Para AFP y salud, ese tope es de 81,6 UF mensuales (valor referencial actualizado anualmente). Las remuneraciones que superen ese monto no generan cotización adicional sobre el exceso, lo que reduce el descuento efectivo para trabajadores con sueldos altos.
Ejemplo práctico: un trabajador con sueldo bruto imponible de $5.000.000 tiene AFP y salud calculados solo sobre $3.600.000 (equivalente a 81,6 UF). Los $1.400.000 restantes no generan cotización AFP ni salud. Esto implica que su cuenta de capitalización individual crece más lento en términos porcentuales, pero también que su descuento es menor en términos absolutos.
El tope de cesantía es distinto (122,6 UF) porque aplica a otro régimen. El impuesto de segunda categoría, en cambio, no tiene tope — tributa sobre toda la renta imponible neta, sin límite superior.
MUERMO aplica automáticamente el tope imponible vigente en UF para cada mes, calculando la cotización AFP y salud solo sobre el monto que corresponde, sin necesidad de ajustes manuales cuando varía la UF.